
¿Son los temores de la iglesia justificados? Veamos.
Para analizar el proyecto de nueva constitución los ecuatorianos tenemos que manejar un mínimo de concepto jurídico. Según explica el Analista Nicolás Parducci en su artículo del miércoles 6 de agosto, existen 2 aspectos importantes para el análisis de temas jurídicos, estos son las concordancias y las interpretaciones.
Explica que concordancia es la relación entre una norma y otra u otras, vinculadas, por ejemplo, por su naturaleza, contenido o aplicación. De allí que la lectura del proyecto de carta magna no solo implica la lectura y comprensión de sus artículos, sino de la búsqueda de otros que pudieran ser concordantes.
Partiendo de lo anteriormente explicado, El análisis sobre si el proyecto de nueva constitución es abortista o no, no se concluye citando el Art. 45, donde encontramos que “el estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción” puesto que existe concordancia en el Artículo 66, inciso 9 (dentro del capítulo 9, Derechos de libertad. Se reconoce y garantiza a las personas….) que dice “El derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios necesarios para que estas decisiones se den en condiciones seguras”. Esta es la puerta abierta a la que se refiere Mons. Arregui.
Saltan varias preguntas:
¿Puede una persona sustentarse en el artículo 66 inciso 9 para defender un aborto? ¿Se Crea una contraposición -tomando en cuenta que los derechos establecidos en la constitución son inalienables e irrenunciables- entre los derechos del no nacido (art. 45) y los derechos de los padres que no quieren tener a un hijo (art. 66)?
Las interpretaciones de las leyes no me corresponden a mí, tampoco al presidente Correa, les corresponde a los jueces (interpretación judicial) quienes tendrán que remitirse a la ley suprema (constitución), donde encontrarán dos artículos, en mi opinión, claramente contrapuestos.
El aborto es una actividad que se viene dando (y así seguirá siendo sin duda alguna) desde hace mucho tiempo. Los que practican estos actos no precisaron antes ninguna ley que los facultase para hacerlo y de seguro no la necesitarán mañana. Pero al menos hoy ya tienen, a criterio de Mons. Arregui, una puerta abierta.
Entonces,
¿Son justificados los temores de la iglesia? ¿Dejan estos artículos al menos una duda razonable sobre la supuesta legalidad del aborto en el proyecto de nueva constitución?
Eso te corresponde analizar a ti.
Nota:
La iglesia tiene todo el derecho a dar su opinión, lo que no me parece es que tengan que ser actores de la política actual catequizando a sus fieles lo que claramente se convierte en una incitación al NO tomando en cuenta la firmeza con la que han expuesto su postura. Pero esto es harina de otro costal.
Noticias y escritos relacionados.
Apertura al Aborto, Eduardo Castillo Barredo, Diario el Universo.
La catequesis política del No, por Rafael Polo Bonilla, diario el Telégrafo.
Observaciones para la Iglesia, Por Xavier Flores, Diario El Universo.
La Iglesias se unen para apoyar el NO, noticia de Diario El Comercio.